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  • Foto del escritorRamiro Navarro Abogados

¿Qué debo hacer si tengo una hipoteca con IRPH?


*Evolución y comparativa del EURIBOR con el IRPH.


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este martes que el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) debe estar sometido a control judicial para que los tribunales españoles evalúen caso por caso si se trata de cláusulas abusivas incluidas en contratos hipotecarios.


Ante esta situación, en este artículo se repasa qué se debe hacer si es uno de los afectados. Hay más de un millón de personas que tienen su crédito hipotecario referenciado a dicho índice, según las estadísticas que manejan las asociaciones de consumidores y plataformas de reclamación. ¿Qué es el IRPH?

El IRPH o Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, es uno de los tipos de interés más utilizados en España junto con el Euribor. Las hipotecas referenciadas a este índice poseen un tipo de interés muy elevado que se extrae haciendo una media de los intereses aplicados por cajas y bancos. Sobre este índice planea la sospecha de la falta de transparencia en su comercialización por parte de los bancos. La causa fue llevada a Europa después de que el Supremo no lo considerara abusivo.


"La sentencia del TJUE provocará que se declaren nulas la gran mayoría de cláusulas con IRPH."

¿Qué se reclama? ¿todos los casos son iguales?

Habrá que estudiar caso a caso. No todos los casos son iguales.

De haber falta de transparencia por parte del banco, se pedirá la sustitución del IRPH por otro índice de referencia y las entidades bancarias tendrán que restituir las cantidades pagadas de más por causa de tener estar cláusula.


El TJUE establece que en caso de que las partes no lleguen a un acuerdo, será el juez nacional quien determine que se sustituya el IRPH declarado abusivo por un índice legal aplicable.

Los efectos de esta sentencia no están limitados temporalmente. Es decir, todos los afectados podrán reclamar íntegramente las cantidades pagadas demás.


En líneas generales, para una hipoteca media de 180.000 euros a devolver en 20 años, contratada en 2008 y referenciada a IRPH + el diferencial de 0,25%, una familia habría pagado en estos 10 años 21.265 euros de más.

¿Cuál es la postura que aconseja y que deben mantener los clientes con la viabilidad del IRPH tras el SÍ de Europa?


La sentencia es importante porque dice que con independencia de que el artículo 4.2 de la Directiva se haya transpuesto al ordenamiento español, hay que hacer un control de transparencia. Este artículo permite hacer un control de transparencia, pero no de contenido, y esto estaba dando lugar a cláusulas que eran abusivas por su contenido quedaban blanqueadas si su redacción era clara y comprensible.


Con esta sentencia del TJUE, se cierra un capítulo y se abre otro, en el que los jueces tendrán que analizar si se cumple la regla de la transparencia en la comercialización del IRPH. Aunque creo que la sentencia del TJUE va a llevar a que se declaren nulas la práctica totalidad de los préstamos referenciados al IRPH.


El motivo de las altas probabilidades de éxito es que el Tribunal de Justicia declara que, para cumplir con el requisito de la transparencia que impone la Directiva, las cláusulas que fijen en los contratos de préstamo hipotecario un tipo de interés variable no solo deberán ser comprensibles en un plano formal y gramatical, sino también permitir que el consumidor medio, esté en condiciones de comprender el funcionamiento concreto del modo de cálculo del referido tipo de interés del IRPH.


Y por lo tanto, serán los bancos quienes tendrán que demostrar [en los juzgados] que informaron al cliente antes de suscribir el préstamo de la evolución del tipo de referencia en los dos años anteriores al otorgamiento del contrato de préstamo y de su último valor disponible.
Y no va a ser fácil que puedan hacerlo.

¿Y qué pasa con las hipotecas canceladas?

Las personas con hipotecas que están canceladas pueden acceder también a la devolución porque la cláusula del IRPH también puede ser sometida a revisión del control de transparencia.

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