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  • Foto del escritorRamiro Navarro Abogados

Prudencia con el cártel de los vehículos.

Las actuaciones y multas de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) contra este llamado 'cartel de coches' han sido avaladas y ratificadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, después de que la Audiencia Nacional desestimara todos los recursos que las marcas habían interpuesto contra las sanciones de la CNMC.


Podemos observar como despachos de abogados y firmas jurídicas se lanzan al mercado anunciando el cártel de los coches, pero consideramos al respecto que es importante hacer un llamamiento a la prudencia de futuras reclamaciones de afectados pues de la resolución de la CNMC, que ha sido ratificada por el Tribunal Supremo, no se desprende con claridad que dicha conducta sancionada llevara aparejada una alteración de los precios.





El cártel de los concesionarios no es un caso similar al del cártel de camiones.

De las resoluciones de la CNMC contra los concesionarios de los vehículos se desprende que existe un intercambio de información, pero no era sobre precios, básicamente el problema era la coordinación que existía entre fabricantes muy dispares. Tenían una reunión comercial y de marketing con cierta periodicidad en la que hablaban de cuándo iban a sacar al mercado diferentes modelos.


En la propia resolución de la CNMC de más de 200 páginas esa palabra aparece pocas veces, pero al final con la solicitud de clemencia al final se optó por cartelizarlo

En el primer caso, el del cártel de los camiones, de la propia resolución de la Comisión de 19 de julio de 2016 se considera la existencia una relación de causalidad entra la conducta sancionada y la incidencia en el precio de los camiones.


En el párrafo 27 de la Decisión de la Comisión se describe el proceso de fijación de precios en el sector de los camiones. Su punto de partida es el precio de lista bruto inicial fija en la Sede Central (objeto de la conducta sancionada), al que sigue la fijación de precios de transferencia a través de las filiales de distribución, ulteriores precios a concesionarios – en su caso -, y finalmente los precios netos de venta a clientes, que, según se indica “reflejan descuentos sustanciales sobre el precio de lista bruto inicial”.

En el cártel de los vehículos no ocurre lo mismo. Por lo que será necesario un buen informe pericial que aclare realmente si hay daño para evitar que los juzgados condenen en costas a los demandantes que pueden surgir en este nuevo cártel.


Es por ello que, antes de empezar con la reclamación a los concesionarios de los clientes afectados por este cártel de los vehículos, desde nuestra firma esperaremos a que se pronuncien las primeras voces de nuestros tribunales sobre la existencia del nexo causal entre la conducta sancionada y que realmente dicha actuación provocó una alteración en el precio del automóvil adquirido.



Ramiro Navarro

Abogado, socio director.




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