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Gastos de hipoteca que pueden reclamarse a pesar de la sentencia del AJD

Foto del escritor: Ramiro Navarro AbogadosRamiro Navarro Abogados


Los bancos no tienen nada que celebrar a pesar de la sentencia del Tribunal Supremo, ya que el Impuesto de Actos Jurídicos es sólo uno de los muchos gastos que los afectos tienen derecho a reclamar. La decisión del Supremo sobre el Impuesto de Actos Jurídicos ha puesto en jaque a los afectados. A pesar del decreto impulsado por el Gobierno para revertir la situación, son muchos los interesados que desconocen los gastos que aún pueden reclamar legalmente. Por un lado, podremos reclamar la mitad de los gastos de tasación del inmueble, de los aranceles notariales y de los honorarios de la gestoría por las operaciones que se encarga de tramitar.


Por otro lado, sobre la inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad, el TS determinó que el mayor interesado en que el documento aparezca inscrito junto al inmueble es el banco, por lo que debe hacerse cargo de la totalidad de los gastos de inscripción. Es decir, la entidad bancaria nunca debió imponer al cliente el pago de ninguna cantidad en concepto de aranceles registrales.


Como consecuencia de todo ello, todas las personas que hayan suscrito una hipoteca con una entidad bancaria, aunque ya esté cancelada a día de hoy, podrán exigir al banco el reintegro de las cantidades que abonaron de más cuando aquél se lo impuso de modo unilateral en el contrato el pago de los gastos hipotecarios a excepción del AJD.







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