De nuevo, las entidades bancarias incurren en prácticas de dudosa legalidad en la contratación de productos financieros.
En algunas ocasiones, puede resultarnos interesante la contratación de un seguro de vida vinculado a la hipoteca, sin embargo, el problema tiene lugar cuando la contratación es impuesta al cliente por parte del banco abonando el consumidor una prima única y como condición para que le sea concedido el préstamo.
Antes de la llegada de la ley hipotecaria en junio de 2019, en la mayoría de casos los bancos imponían obligatoriamente la contratación de este producto financiero que acababa incrementando el coste de los préstamos y generando más intereses para ellos.
En muchos casos se exigía la contratación de este seguro, abonándose mediante una prima única que debía pagarse previa firma de la escritura de préstamo hipotecario o el mismo día del otorgamiento de esta escritura, lo que determinaría la nulidad de dicho contrato y, por tanto, la obligación de devolver al cliente los importes cobrados.
La cuestión principal será la acreditación de si la cláusula fue negociada individualmente o no entre la entidad bancaria y el prestatario.
A falta de la pronunciación expresa del Tribunal Supremo, son innumerables las resoluciones judiciales de distintas Audiencias Provinciales de Madrid, León, Zaragoza, etc. que dan la razón a los prestatarios.
Por tanto, ¿qué cuestiones debo tener en cuenta para saber si puedo reclamar el importe del seguro de vida vinculado a mi préstamo?
En primer lugar, el seguro tiene que ser de prima única, es decir, con un único pago al inicio del contrato.
En segundo lugar, la contratación de este seguro debe ser el resultado de una imposición por parte de la entidad bancaria sin que se nos ofreciera ninguna otra alternativa.
Si además el importe de la prima del seguro se incluye como parte del capital del préstamo, se consideraría otro indicio más de la abusividad de la cláusula que impone la contratación de dicho seguro.
¿Qué documentación necesito para reclamar la prima del seguro de vida?
Copia de la escritura de hipoteca.
Copia de la póliza del seguro de vida.
Justificante de pago de la prima única del seguro.
Se calcula que son miles los afectados que pueden reclamar el dinero abonado en concepto de prima del seguro de vida, además de los intereses legales desde la fecha de cargo hasta la sentencia y los intereses procesales hasta el pago por parte de la entidad financiera, por lo que recomendamos que consulten con un abogado especializado en la materia.
En Ramiro Navarro abogados contamos con profesionales especializados en la materia que estudiarán su caso de manera individualizada.
Víctor Barres
Abogado
Derecho Bancario
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